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Diferencia entre revisiones de «Organización político-administrativa de Venezuela»

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[[Image:Mapa Politico de Venezuela.jpg|Mapa político de Venezuela|250px|thumb|right]]'''[[Venezuela]]''' es una república federal dividida en 23 estados, el Distrito Capital (que comprende a la ciudad de [[Caracas]]) y 72 Dependencias Federales (islas, en su mayoría deshabitadas), además el estado venezolano reclama el territorio denominado [[Guayana Esequiba]].
[[Image:Venezuela Division Politica Territorial.png|Mapa político de Venezuela|250px|thumb|right]]Según los artículos 4 y 16 de la [[Constitución de la República Bolivariana de Venezuela|Constitución Nacional]], la '''República Bolivariana de Venezuela''' es un Estado federal descentralizado cuyo territorio está dividido en [[:Categoría:Estados de Venezuela|Estados]], el [[Distrito Capital]], las [[Dependencias Federales]] y territorios federales. Al [[2009]] [[Venezuela]] no cuenta con territorios federales (el último fue elevado a Estado en 1992), pero si tiene 23 Estados Federales, un Distrito Capital (que comprende a [[Caracas]]) y 311 once islas e islotes en el [[Mar Caribe]] que conforman las dependencias federales. Además, el Estado venezolano está en disputa con la Guayana Inglesa sobre la [[Guayana Esequiba]], territorio selvático al sureste del país.  


Antes de la [[Guerra Federal]] ([[1859]]-[[1863]]), Venezuela estaba dividida en provincias en vez de estados. Después de la guerra los estados estaba supuestos a adquirir mayor autonomía, pero el gobierno central aun tiene gran poder sobre sus regiones políticas.  
Como en la mayoría de los países, la división política de Venezuela ha sufrido numerosos cambios desde su creación en el [[siglo XIX]]. Antes de la [[Guerra Federal]] ([[1859]]-[[1863]]) los estados eran denominados ''provincias'' y el país se dividía mayormente en ''cantones'', sistemas que se reflejan a grandes rasgos en la división contemporánea. La estructura política del país se normalizó en el [[siglo XX]], cuando los territorios finalmente se establecieron acorde a sus características individuales. Sin embargo, tan reciente como en los [[años 1990]] se reestructuró la administración municipal y se añadieron nuevos estados, siendo la última adición en 1998 con la elevación del Territorio Vargas a la categoría de Estado.


Después de [[1863]] hubo varias divisiones y uniones de territorios, pero la división político-territorial se mantuvo igual en gran parte del siglo del [[siglo XX]], hasta la incorporación a finales de siglo de los estados [[Delta Amacuro]], [[Amazonas]] y [[Vargas]] (en ese orden).
== Antecedentes ==
El antecedente más antiguo de los actuales Estados de Venezuela son las ''provincias'' y ''cantones'' coloniales. Las Provincias variaron en tamaño y composición, pero en general se puede decir que fueron cinco: Margarita, Trinidad-Guyana; Nueva Andalucía o Cumaná; La Grita, Mérida y Maracaibo y Venezuela o Caracas. Estas Provincias formaban la Capitanía General de Venezuela, la cual estaba al mando de un Gobernador y Capitán General.<ref>[http://books.google.com/books?id=M7ux6GrzvygC&lpg=PA233&dq=politico%20administrativas%20venezuela&lr=&as_brr=3&pg=PA233#v=onepage&q=&f=false Historia general de España y América: evolución de los reinos indianos Demetrio Ramos Pérez]. p. 233. Ediciones Rialp, 1984. ISBN 8432121045</ref> Las constituciones de la época independentista también dividieron al país en Provincias, pero tras la Guerra Federal su denominación cambió a Estado. Los cantones duraron más tiempo, pero eventualmente devinieron en distritos.  


== Historia ==
Durante el resto del [[Siglo XIX]] el número de estados varió considerablemente. Un ejemplo drastico es el de [[Antonio Guzmán Blanco]], quien en la [[Constitución de los Estados Unidos de Venezuela de 1881]] redujo el número a 9 con la intención de facilitar su administración.<ref>[http://books.google.com/books?id=ry0OAAAAQAAJ&dq=%22guzman%20blanco%22%20estados&pg=PA342#v=onepage&q=constitucion&f=false Guzmán Blanco y su tiempo, por Hortensio]. José Güell y Mercader, pp. 338-343. Imprenta "La Opinión Nacional", Caracas. 1883.</ref> Posteriores divisiones territoriales aumentaron o renombraron los distintos estados, pero a comienzos del [[siglo XX]], la estabilidad de las regiones conllevó a sus establecimientos actuales.  
=== Necesidad de la regionalización político-administrativa ===
A partir de de [[1918]], las exportaciones petroleras adquieren nivel de significación hasta [[1926]], cuando asumen el papel principal en la balanza comercial del país, aparece la Venezuela petrolera, queda atrás la Venezuela agraria; la [[economía]] cambia de estructura, la producción de hidrocarburos hace que la economía gire alrededor de un nuevo eje de exportación, surgen así los elementos que originaran una diferente organización del espacio.


La Venezuela petrolera actual se caracteriza en lo espacial por la existencia de una estructura en la cual dos (2) áreas fundamentales: el ''centro'' y la ''periferia''; ello implica la existencia de una distribución de las actividades económicas, en la cual se observa una mayor importancia de los emplazamientos costero-montañosos sobre los emplazamientos del interior del país.
==Estados de Venezuela==
 
Los Estados federales son las divisiones políticas fundamentales del país. Estas entidades son iguales en lo político y poseen las mismas competencias. Cada Estado tiene como poder ejecutivo un Gobernador, el cual es electo por mayoría absoluta por 4 años con la posibilidad de reelección y por una sola vez para igual periodo. Según el articulo 164 de la Constitución, cada Estado debe dictar su propia constitución y organizar sus municipios. Sus competencias son todas aquellas no reservadas por la constitución al poder público nacional o municipal.
Esto confiere al área centro-norte-costera y particularmente al ''área metropolitana de [[Caracas]]'', un papel centralizador de la población, de las actividades económicas y de las gestiones político-administrativas, mientras que el resto del país participa poco en el desenvolvimiento nacional, lo cual le imprime un carácter periférico.
 
La excesiva concentración de las actividades socioeconómicas en el centro-norte del país retardó el desarrollo nacional, y congestionó las regiones centrales. Este desequilibrio ha sido atacado mediante planes de desarrollo regional, dividiendo a Venezuela en varias regiones generales para la ejecución de los mismos. Estas regiones se denominan ''regiones Político-Administrativas''.
 
'''Las regiones Político-Administrativas''' son divisiones hechas por el Estado venezolano para hacer más eficaz los planes de desarrollo. Estas no son estados, sino grupos de ellos reunidos de acorde a sus similitudes y necesidades económicas y sociales.
 
Los primeros pasos para la creación de las regiones político-administrativas se dieron durante la colonia cuando se crearon las grandes entidades político-administrativas en razón de las estrategias militares. Ya después de la independencia, el Presidente [[Antonio Guzmán Blanco]] creó 8 grandes estados (luego ampliados a 9) en busca de regionalizar la división de [[Venezuela]]. Es finalmente en los años de democracia cuando por recomendaciones de [[CORDIPLAN]] se crean las regiones político-administrativas que se conocen hoy en día.
 
=== Localización de las regiones político-administrativas de Venezuela ===
El [[11 de junio]] de [[1969]] se emitió el primer decreto que declara la primera división regional del país en ocho regiones político-administrativas. Tras modificaciones en [[1974]], [[1975]] y [[1979]], la actual Organización político-administrativa es establecida por el decreto 48 del [[14 de enero]] de [[1980]], publicado en la gaceta oficial #2545 por medio del cual se institucionalizó el proceso de desarrollo regional, delimitando las regiones y sus órganos de planificación y promoción.
 
Las regiones político-administrativas originalmente actualmente ascienden a nueve:
 
*''[[Región Central]]'': integrada por los estados [[Estado Aragua|Aragua]], [[Estado Carabobo|Carabobo]], [[Cojedes]].
 
*''[[los llanos|Región de los Llanos]]'': integrada por los estados [[Guárico]], [[Apure]], con excepción del municipio Páez.
 
*''[[Región Centro-Occidental]]'': integrada por los estados [[Falcón]], [[Lara]], [[Portuguesa]] y [[Yaracuy (estado)|Yaracuy]].
 
*''[[Región Zuliana]]'': integrada por el estado [[Estado Zulia|Zulia]]
 
*''[[Región de los Andes]]'': integrada por los estados [[Estado Barinas|Barinas]], [[Estado Mérida|Mérida]], [[Estado Táchira|Táchira]], [[Estado Trujillo|Trujillo]], y por el municipio Páez del estado Apure
 
*''[[Región Nor-Oriental]]'': integrada por los estados [[Estado Anzoátegui|Anzoátegui]], [[Monagas]], [[Sucre (estado)|Sucre]].
 
*''[[Región Insular]]'': integrada por el estado [[Nueva Esparta]] y las dependencias federales.
 
*''[[Región Guayana]]'': integrada por los estados [[Estado Bolívar|Bolívar]], [[Estado Amazonas|Amazonas]] y [[Estado Delta Amacuro|Delta Amacuro]].
 
*''[[Región Capital]]'': integrada por el [[Estado Miranda|Miranda]], [[Estado Vargas|Vargas]] y el [[Distrito Capital]]


== Actualidad ==
A nivel nacional cada Estado esta representado en la Asamblea Nacional de acuerdo a su población por un sistema de representación proporcional, y adicionalmente como mínimo cada Estado elige 3 diputados. El Consejo Legislativo está formado por entre 7 y 15 integrantes electos por 4 años (Art. 162). Tienen además, una Contraloría estatal. En cada Estado hay un ''Consejo de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas'' presidido por el Gobernador o Gobernadora e integrado por los Alcaldes, los directores estadales de los ministerios; y una representación de los legisladores elegidos por el Estado a la [[Asamblea Nacional]], del Consejo Legislativo, de los concejales y de las comunidades organizadas, incluyendo las indígenas donde las hubiere (Art. 166).
Cada [[estado]] tiene como poder ejecutivo un [[Gobernador]] electo por mayoria absoluta por 4 años con la posibilidad de reelección y por una sóla vez para igual periodo. El Consejo Legislativo esta formado entre 7 a 15 integrantes electos por 4 años. Habrá además, una Contraloría Estatal. Hay ''Consejo de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas'' integrado por el Gobernador, los Alcaldes, los directores estadales de los ministerios y representación de los legisladores elegidos o legisladoras elegidas por el estado a la Asamblea Nacional, del Consejo Legislativo, de los concejales o concejalas y de las comunidades organizadas, incluyendo las indígenas donde las hubiere. El mismo funcionará y se organizará de acuerdo con lo que determine la ley (Artículo 166 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela)


La organización local reside en los [[Lista de municipios de Venezuela|Municipio]]s de cada estado. Su gobierno y administración esta a cargo de un [[Alcalde]] y el Consejo del Municipio electos por 4 años. La fiscalización la efectúa la Contraloría Municipal. Además cuentan con un ''Consejo Local de Planificación Pública'', presidido por el Alcalde o Alcaldesa e integrado por los concejales o concejalas, los Presidentes o Presidentas de la Juntas Parroquiales y representantes de organizaciones vecinales y otras de la sociedad organizada, de conformidad con las disposiciones que establezca la ley (artículo 182).
==Estados de Venezuela==
{| {{Tabla Generica}}
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Línea 56: Línea 21:
!Población
!Población
!Área
!Área
!Región
![[Regiones político-administrativas de Venezuela|Región]]
!Localización
!Localización
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|align=center|[[Image:Bandera_amazonas.jpg|50px]]||[[Image: Escudo_amazonas.jpg|35px]]||[[Estado Amazonas|Amazonas]]||[[Puerto Ayacucho]]||70,464||180,144 km²||Guayana||[[Image:Estado-amazonas.jpg|50px]]
|align=center|[[Image:Bandera_amazonas.jpg|50px]]||[[Image: Escudo_amazonas.jpg|35px]]||[[Estado Amazonas|Amazonas]]||[[Puerto Ayacucho]]||70,464||180,144 km²||Guayana||[[Image:Estado-amazonas.jpg|50px]]
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|align=center|[[Image:Bandera_anzoategui.gif|50px]]||[[Image: Escudo_anzoategui.jpg|35px]]||[[Estado Anzoátegui|Anzoátegui]]||[[Barcelona]]||1,222,225||43,300 km²||Nor - Oriental||[[Image:Estado-Anzoategui.jpg|50px]]
|align=center|[[Image:Bandera_anzoategui.gif|50px]]||[[Image: Escudo_anzoategui.jpg|35px]]||[[Estado Anzoátegui|Anzoátegui]]||[[Barcelona]]||1,222,225||43,300 km²||Oriental||[[Image:Estado-Anzoategui.jpg|50px]]
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|align=center|[[Image:Bandera_apure.jpg|50px]]||[[Image:Escudo_apure.jpg|35px]]||[[Estado Apure|Apure]]||[[San Fernando de Apure]]||377,756||76,500 km²||[[los llanos|Llanos]]||[[Image:Estado-Apure.jpg|50px]]
|align=center|[[Image:Bandera_apure.jpg|50px]]||[[Image:Escudo_apure.jpg|35px]]||[[Estado Apure|Apure]]||[[San Fernando de Apure]]||377,756||76,500 km²||[[los llanos|Llanos]]||[[Image:Estado-Apure.jpg|50px]]
Línea 67: Línea 32:
|align=center|[[Image:Bandera_aragua.jpg|50px]]||[[Image: Escudo_aragua.jpg|35px]]||[[Estado Aragua|Aragua]]||[[Maracay]]||1,449,616||7,014 km²||Central||[[Image:Estado-Aragua.jpg|50px]]
|align=center|[[Image:Bandera_aragua.jpg|50px]]||[[Image: Escudo_aragua.jpg|35px]]||[[Estado Aragua|Aragua]]||[[Maracay]]||1,449,616||7,014 km²||Central||[[Image:Estado-Aragua.jpg|50px]]
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|align=center|[[Image:Bandera_barinas.gif|50px]]||[[Image: Escudo_barinas.jpg|35px]]||[[Estado Barinas|Barinas]]||[[Barinas (Ciudad)|Barinas]]||624,508||35,200 km²||Andina||[[Image: Estado-barinas.jpg|50px]]
|align=center|[[Image:Bandera_barinas.gif|50px]]||[[Image: Escudo_barinas.jpg|35px]]||[[Estado Barinas|Barinas]]||[[Barinas (Ciudad)|Barinas]]||624,508||35,200 km²||Los llanos|Llanos||[[Image: Estado-barinas.jpg|50px]]
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|align=center|[[Image: Bandera_bolivar.gif|50px]]||[[Image: Escudo_bolivar.jpg|35px]]||[[Estado Bolívar|Bolívar]]||[[Ciudad Bolívar]]||1,214,846||238,000 km²||Guayana||[[Image: Estado-bolivar.jpg|50px]]
|align=center|[[Image: Bandera_bolivar.gif|50px]]||[[Image: Escudo_bolivar.jpg|35px]]||[[Estado Bolívar|Bolívar]]||[[Ciudad Bolívar]]||1,214,846||238,000 km²||Guayana||[[Image: Estado-bolivar.jpg|50px]]
Línea 73: Línea 38:
|align=center|[[Image: Bandera_carabobo.gif|50px]]||[[Image: Escudo_carabobo.gif|35px]]||[[Estado Carabobo|Carabobo]]||[[Valencia|Valencia]]||1,932,168||4,650 km²||Central||[[Image: Estado-carabobo.jpg|50px]]
|align=center|[[Image: Bandera_carabobo.gif|50px]]||[[Image: Escudo_carabobo.gif|35px]]||[[Estado Carabobo|Carabobo]]||[[Valencia|Valencia]]||1,932,168||4,650 km²||Central||[[Image: Estado-carabobo.jpg|50px]]
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|align=center|[[Image: Bandera_cojedes.gif|50px]]||[[Image: Escudo_cojedes.jpg|35px]]||[[Estado Cojedes|Cojedes]]||[[San Carlos|San Carlos]]||253,105||14,800 km²||Central||[[Image: Estado-cojedes.jpg|50px]]
|align=center|[[Image: Bandera_cojedes.gif|50px]]||[[Image: Escudo_cojedes.jpg|35px]]||[[Estado Cojedes|Cojedes]]||[[San Carlos|San Carlos]]||253,105||14,800 km²||[[Región Centro-Occidental|Centro-Occidental]]||[[Image: Estado-cojedes.jpg|50px]]
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|align=center|[[Image: Bandera_delta.gif|50px]]||[[Image: Escudo_delta.gif|35px]]||[[Estado Delta Amacuro|Delta Amacuro]]||[[Tucupita]]||97,987||40,200 km²||Guayana||[[Image: Estado-delta.jpg|50px]]
|align=center|[[Image: Bandera_delta.gif|50px]]||[[Image: Escudo_delta.gif|35px]]||[[Estado Delta Amacuro|Delta Amacuro]]||[[Tucupita]]||97,987||40,200 km²||Oriental||[[Image: Estado-delta.jpg|50px]]
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|align=center|[[Image: Bandera_falcon.gif|50px]]||[[Image: Escudo_falcon.jpg|35px]]||[[Estado Falcón|Falcón]]||[[Coro]]||763,180||24,800 km²||Central - Occidental||[[Image: Estado-falcon.jpg|50px]]
|align=center|[[Image: Bandera_falcon.gif|50px]]||[[Image: Escudo_falcon.jpg|35px]]||[[Estado Falcón|Falcón]]||[[Coro]]||763,180||24,800 km²||Centro-Occidental||[[Image: Estado-falcon.jpg|50px]]
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|align=center|[[Image: Bandera_Guarico.jpg|50px]]||[[Image: Escudo_guarico.jpg|35px]]||[[Estado Guárico|Guárico]]||[[San Juan De Los Morros]]||627,086||64,986 km²||[[los llanos|Llanos]]||[[Image: Estado-guarico.jpg|50px]]
|align=center|[[Image: Bandera_Guarico.jpg|50px]]||[[Image: Escudo_guarico.jpg|35px]]||[[Estado Guárico|Guárico]]||[[San Juan De Los Morros]]||627,086||64,986 km²||[[los llanos|Llanos]]||[[Image: Estado-guarico.jpg|50px]]
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|align=center|[[Image: Bandera_lara.jpg|50px]]||[[Image: Escudo_lara.jpg|35px]]||[[Estado Lara|Lara]]||[[Barquisimeto]]||1,556,415||19,800 km²||Central - Occidental||[[Image: Estado-lara.jpg|50px]]
|align=center|[[Image: Bandera_lara.jpg|50px]]||[[Image: Escudo_lara.jpg|35px]]||[[Estado Lara|Lara]]||[[Barquisimeto]]||1,556,415||19,800 km²||Centro-Occidental||[[Image: Estado-lara.jpg|50px]]
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|align=center|[[Image: Bandera_merida.gif|50px]]||[[Image: Escudo_merida.gif|35px]]||[[Estado Mérida|Mérida]]||[[Mérida (Ciudad)|Mérida]]||715,268||11,300 km²||Andina||[[Image: Estado-merida.jpg|50px]]
|align=center|[[Image: Bandera_merida.gif|50px]]||[[Image: Escudo_merida.gif|35px]]||[[Estado Mérida|Mérida]]||[[Mérida (Ciudad)|Mérida]]||715,268||11,300 km²||Occidental||[[Image: Estado-merida.jpg|50px]]
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|align=center|[[Image: Bandera miranda.jpg|50px]]||[[Image: Escudo miranda 2006.jpg|35px]]||[[Estado Miranda|Miranda]]||[[Los Teques]]||2,330,872||7,950 km²||Capital||[[Image: Estado-miranda.jpg|50px]]
|align=center|[[Image: Bandera miranda.jpg|50px]]||[[Image: Escudo miranda 2006.jpg|35px]]||[[Estado Miranda|Miranda]]||[[Los Teques]]||2,330,872||7,950 km²||Central||[[Image: Estado-miranda.jpg|50px]]
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|align=center|[[Image: Bandera_monagas.gif|50px]]||[[Image: Escudo_monagas.png|35px]]||[[Estado Monagas|Monagas]]||[[Maturín]]||712,626||28,930 km²||Nor - Oriental||[[Image: Estado-monagas.jpg|50px]]
|align=center|[[Image: Bandera_monagas.gif|50px]]||[[Image: Escudo_monagas.png|35px]]||[[Estado Monagas|Monagas]]||[[Maturín]]||712,626||28,930 km²||Oriental||[[Image: Estado-monagas.jpg|50px]]
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|align=center|[[Image: Bandera_nueva.gif|50px]]||[[Image: Escudo_nueva_esparta.gif|35px]]||[[Estado Nueva Esparta|Nueva Esparta]]||[[La Asunción]]||712,626||1,150 km²||Insular||[[Image: Estado-nueva.jpg|50px]]
|align=center|[[Image: Bandera_nueva.gif|50px]]||[[Image: Escudo_nueva_esparta.gif|35px]]||[[Estado Nueva Esparta|Nueva Esparta]]||[[La Asunción]]||712,626||1,150 km²||Insular||[[Image: Estado-nueva.jpg|50px]]
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|align=center|[[Image: Bandera_portuguesa.gif|50px]]||[[Image: Escudo_portuguesa.jpg|35px]]||[[Estado Portuguesa|Portuguesa]]||[[Guanare]]||725,740||15,200 km²||Central - Occidental||[[Image: Estado-portuguesa.jpg|50px]]
|align=center|[[Image: Bandera_portuguesa.gif|50px]]||[[Image: Escudo_portuguesa.jpg|35px]]||[[Estado Portuguesa|Portuguesa]]||[[Guanare]]||725,740||15,200 km²||Centro-Occidental||[[Image: Estado-portuguesa.jpg|50px]]
|-
|align=center|[[Image: Bandera_sucre.gif|50px]]||[[Image:Escudo sucre.jpg|35px]]||[[Estado Sucre|Sucre]]||[[Cumaná]]||786,483||11,800 km²||Oriental||[[Image: Estado-sucre.jpg|50px]]
|-
|align=center|[[Image: Bandera_tachira.jpg|50px]]||[[Image: Escudo_tachira.jpg|35px]]||[[Estado Táchira|Táchira]]||[[San Cristóbal]]||992,669||11,100 km²||Occidental||[[Image: Estado-tachira.jpg|50px]]
|-
|align=center|[[Image: Bandera_trujillo.gif|50px]]||[[Image:Escudo trujillo.jpg|35px]]||[[Estado Trujillo|Trujillo]]||[[Trujillo (Ciudad)|Trujillo]]||608,563||7,400 km²||Occidental||[[Image: Estado-trujillo.jpg|50px]]
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|align=center|[[Image: Bandera_yaracuy.gif|50px]]||[[Image:Escudo de Yaracuy.jpg|35px]] ||[[Estado Yaracuy|Yaracuy]]||[[San Felipe]]||499,049||7,100 km²||Centro-Occidental||[[Image: Estado-yaracuy.jpg|50px]]
|-
|align=center|[[Image: Bandera_vargas.gif|50px]]||[[Image: Escudo_vargas.gif|35px]]||[[Estado Vargas|Vargas]]||[[La Güaira]]||298,109||1,496 km²||Central||[[Image: Estado-vargas.jpg|50px]]
|-
|align=center|[[Image: Bandera_zulia.gif|50px]]||[[Image: Escudo_zulia.jpg|35px]]||[[Estado Zulia|Zulia]]||[[Maracaibo]]||2,983,679||63,100 km²||Occidental||[[Image: Estado-zulia.jpg|50px]]
|}
 
==Cronología de la evolución constitucional de los estados==
{| {{Tabla Generica}}
|- style="background: #eeeeee; font-size: small;" 
! Provincias/Estados
! Constitución/Ley
! Jefe de Gobierno
! Cambios
|-
! style="background: #eeeeee;"|7
| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" | [[Constitución Federal de 1811|Constitución de 1811]]
| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" nowrap | Juan Toro<br/>Presidente del Congreso
| style="font-size: 0.8em;" | Margarita, Mérida, Cumaná, Barinas, Barcelona, Trujillo y Caracas.
|-
! style="background: #eeeeee;"|10
| style="font-size: 0.8em;" nowrap | [[Constitución política del Estado de Venezuela de 1819|Constitución de 1819]]
| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" nowrap | [[Juan Germán Roscio]]<br/>Presidente del Congreso
| style="font-size: 0.8em;" | Barcelona, Barinas, Caracas, Coro, Cumaná, Guayana, Maracaibo, Margarita, Mérida, y Trujillo.
|-
! style="background: #eeeeee;"|11
| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" nowrap | [[Constitución del estado venezolano de 1830|Constitución de 1830]]
| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" nowrap | [[José Antonio Páez]]
| style="font-size: 0.8em;" | '''Entran''' Carabobo y Apure. Sale Trujillo.
|-
! style="background: #eeeeee;"|21
| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" nowrap | [[Ley de división territorial de 1856|Ley de 1856]]
| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" nowrap | [[José Tadeo Monagas]]
| style="font-size: 0.8em;" | '''Entran''' Amazonas, Aragua, Barquisimeto, Cojedes, Guárico, Maturín, Portuguesa, Táchira, Trujillo, Yaracuy.
|-
! style="background: #eeeeee;"|20
| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" | [[Constitución de los Estados Unidos de Venezuela de 1864|Constitución de 1864]]
| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" nowrap | Juan Crisóstomo Falcón
| style="font-size: 0.8em;" | Sale el estado Amazonas. Provincias pasan a ser estados.
|-
! style="background: #eeeeee;"|22
| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" | [[Constitución de los Estados Unidos de Venezuela de 1874|Constitución de 1874]]
| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" | [[Antonio Guzmán Blanco]]
| style="font-size: 0.8em;" | '''Salen''' Barinas, Caracas, Coro, Maracaibo, Margarita, Mérida. '''Entran''' Aragua, Bolívar, Falcón,<br/>Guzmán, Guzmán Blanco, Nueva Esparta, Zamora y Zulia. Amazonas y la ''Goagira'' son territorios.
|-
! style="background: #eeeeee;"|9
| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" | [[Constitución de los Estados Unidos de Venezuela de 1881|Constitución de 1881]]
| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" | Antonio Guzmán Blanco
| style="font-size: 0.8em;" | Oriente, Guzmán Blanco, Carabobo, Sur de Occidente, Norte de Occidente, Andes, Bolívar, Zulia y Falcón.
|-
! style="background: #eeeeee;"|9
| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" | [[Constitución de los Estados Unidos de Venezuela de 1891|Constitución de 1891]]
| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" nowrap | Raymundo Andueza Palacios
| style="font-size: 0.8em;" | Oriente ahora Bérmudez; Guzmán Blanco, Mirand; Sur de Occidente, Zamora; Norte de Occidente, Lara.
|-
! style="background: #eeeeee;"|9
| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" | [[Constitución de los Estados Unidos de Venezuela de 1893|Constitución de 1893]]
| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" | Joaquín Crespo
| style="font-size: 0.8em;" | Se insta a revertir cambios de 1881. Zona Insular ahora Territorio Colón. Territorios de vuelta a estados.
|-
! style="background: #eeeeee;"|20
| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" | [[Constitución de los Estados Unidos de Venezuela de 1901|Constitución de 1901]]
| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" | [[Cipriano Castro]]
| style="font-size: 0.8em;" | Similar a configuración contemporánea. Cumaná ahora Sucre.
|-
|-
|align=center|[[Image: Bandera_sucre.gif|50px]]||[[Image:Escudo sucre.jpg|35px]]||[[Estado Sucre|Sucre]]||[[Cumaná]]||786,483||11,800 km²||Nor - Oriental||[[Image: Estado-sucre.jpg|50px]]
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| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" | [[Constitución de los Estados Unidos de Venezuela de 1904|Constitución de 1904]]
| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" | Cipriano Castro
| style="font-size: 0.8em;" | '''Salen''' 8 estados. '''Entran''' Bermúdez, territorio Cristóbal Colón. Margarita pasa al DF.
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| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" | [[Constitución de los Estados Unidos de Venezuela de 1909|Constitución de 1909]]
| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" nowrap | [[Juan Vicente Gómez]]
| style="font-size: 0.8em;" | Regreso a división de 1864 pero cambian algunos nombres.
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| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" | [[Constitución de los Estados Unidos de Venezuela de 1953|Constitución de 1953]]
| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" nowrap | [[Marcos Pérez Jiménez]]
| style="font-size: 0.8em;" | Zamora pasa a llamarse Barinas
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| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" | [[Ley Especial que Eleva a Categoría de Estado al Territorio Federal Delta Amacuro|Ley Especial de 1991]]
| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" nowrap | [[Carlos Andrés Pérez]]
| style="font-size: 0.8em;" | Territorio Federal Delta Amacuro es elevado a Estado.
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|align=center|[[Image: Bandera_vargas.gif|50px]]||[[Image: Escudo_vargas.gif|35px]]||[[Estado Vargas|Vargas]]||[[La Güaira]]||298,109||1,496 km²||Capital||[[Image: Estado-vargas.jpg|50px]]
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| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" | [[Ley Especial que Eleva a la Categoría de Estado al Territorio Federal Amazonas|Ley Especial de 1992]]
| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" nowrap | Carlos Andrés Pérez
| style="font-size: 0.8em;" | Territorio Federal Amazonas es elevado a Estado.
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|align=center|[[Image: Bandera_zulia.gif|50px]]||[[Image: Escudo_zulia.jpg|35px]]||[[Estado Zulia|Zulia]]||[[Maracaibo]]||2,983,679||63,100 km²||Zuliana||[[Image: Estado-zulia.jpg|50px]]
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| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" | [[Ley Especial que Eleva a la Categoría de Estado al Territorio Federal Vargas|Ley Especial de 1998]]
| style="font-size: 0.8em; text-align: center;" nowrap | Rafael Caldera
| style="font-size: 0.8em;" | Territorio Vergas es elevado a Estado.
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==Zonas especiales==
==Municipios==
* [[Dependencias Federales]]  
Los estados se dividen en [[Lista de municipios de Venezuela|Municipios]] y cada Estado determina en cuantos municipios se organiza. Cada municipio tiene un alcalde, un gabinete de directores, un contralor, un procurador, polícia y un Concejo Municipal que emite ordenanzas, mediante ley los municipios se pueden asociar en distritos metropolitanos. Su gobierno y administración está a cargo de un [[Alcalde]] y el Consejo del Municipio (Concejales). La fiscalización la efectúa la Contraloría Municipal. Además cuentan con un ''Consejo Local de Planificación Pública'', presidido por el Alcalde o Alcaldesa e integrado por los concejales o concejalas, los Presidentes o Presidentas de la Juntas Parroquiales y representantes de organizaciones vecinales y otras de la sociedad organizada, de conformidad con las disposiciones que establezca la ley (artículo 182).
* [[Distrito Capital]]
 
Los Alcaldes son elegidos por periodos de 4 años, con opción a reelección inmediata por un término adicional. La elección se gana por mayoría relativa en votación universal, directa y secreta. Los requisitos son ser venezolano, mayor de 25, no pertenecer al clero, tres años de residencia en el municipio o distrito, gozar de sus derechos civiles y políticos, estar inscrito en el Registro Electoral y haber cumplido con el deber de votar. Los concejales se también se eligen por votación universal, directa y secreta por un periodo de 4 años. Estos no devengan sueldos, solo perciben dietas por asistencia a las sesiones de la Cámara y de las Comisiones.
 
==Parroquias y mancomunidades==
Según el articulo 173 de la Constitución, las Parroquias son demarcaciones de carácter local, dentro del territorio de un Municipio, creadas con el objeto de descentralizar la administración municipal, promover la participación ciudadana y la mejor prestación de los servicios públicos locales. Los Municipios podrán crearlas conforme a sus necesidades y determinan los recursos de que dispondrán, concatenados a las funciones que se les asignen, e incluso su participación en los ingresos propios del Municipio.
 
Las Mancomunidades son entidades formadas mediante acuerdo celebrado entre dos o más Municipios o Distritos, o entre éstos y uno o más Municipios, para la prestación de determinados servicios Municipales. (Art. 170).
 
==Véase también==
*[[Dependencias Federales]]
*[[Distrito Capital]]
*[[Distrito Metropolitano de Caracas]]
*[[Regiones político-administrativas de Venezuela]].
 
==Notas y referencias==
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Revisión del 16:01 23 nov 2009

Mapa político de Venezuela

Según los artículos 4 y 16 de la Constitución Nacional, la República Bolivariana de Venezuela es un Estado federal descentralizado cuyo territorio está dividido en Estados, el Distrito Capital, las Dependencias Federales y territorios federales. Al 2009 Venezuela no cuenta con territorios federales (el último fue elevado a Estado en 1992), pero si tiene 23 Estados Federales, un Distrito Capital (que comprende a Caracas) y 311 once islas e islotes en el Mar Caribe que conforman las dependencias federales. Además, el Estado venezolano está en disputa con la Guayana Inglesa sobre la Guayana Esequiba, territorio selvático al sureste del país.

Como en la mayoría de los países, la división política de Venezuela ha sufrido numerosos cambios desde su creación en el siglo XIX. Antes de la Guerra Federal (1859-1863) los estados eran denominados provincias y el país se dividía mayormente en cantones, sistemas que se reflejan a grandes rasgos en la división contemporánea. La estructura política del país se normalizó en el siglo XX, cuando los territorios finalmente se establecieron acorde a sus características individuales. Sin embargo, tan reciente como en los años 1990 se reestructuró la administración municipal y se añadieron nuevos estados, siendo la última adición en 1998 con la elevación del Territorio Vargas a la categoría de Estado.

Antecedentes

El antecedente más antiguo de los actuales Estados de Venezuela son las provincias y cantones coloniales. Las Provincias variaron en tamaño y composición, pero en general se puede decir que fueron cinco: Margarita, Trinidad-Guyana; Nueva Andalucía o Cumaná; La Grita, Mérida y Maracaibo y Venezuela o Caracas. Estas Provincias formaban la Capitanía General de Venezuela, la cual estaba al mando de un Gobernador y Capitán General.[1] Las constituciones de la época independentista también dividieron al país en Provincias, pero tras la Guerra Federal su denominación cambió a Estado. Los cantones duraron más tiempo, pero eventualmente devinieron en distritos.

Durante el resto del Siglo XIX el número de estados varió considerablemente. Un ejemplo drastico es el de Antonio Guzmán Blanco, quien en la Constitución de los Estados Unidos de Venezuela de 1881 redujo el número a 9 con la intención de facilitar su administración.[2] Posteriores divisiones territoriales aumentaron o renombraron los distintos estados, pero a comienzos del siglo XX, la estabilidad de las regiones conllevó a sus establecimientos actuales.

Estados de Venezuela

Los Estados federales son las divisiones políticas fundamentales del país. Estas entidades son iguales en lo político y poseen las mismas competencias. Cada Estado tiene como poder ejecutivo un Gobernador, el cual es electo por mayoría absoluta por 4 años con la posibilidad de reelección y por una sola vez para igual periodo. Según el articulo 164 de la Constitución, cada Estado debe dictar su propia constitución y organizar sus municipios. Sus competencias son todas aquellas no reservadas por la constitución al poder público nacional o municipal.

A nivel nacional cada Estado esta representado en la Asamblea Nacional de acuerdo a su población por un sistema de representación proporcional, y adicionalmente como mínimo cada Estado elige 3 diputados. El Consejo Legislativo está formado por entre 7 y 15 integrantes electos por 4 años (Art. 162). Tienen además, una Contraloría estatal. En cada Estado hay un Consejo de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas presidido por el Gobernador o Gobernadora e integrado por los Alcaldes, los directores estadales de los ministerios; y una representación de los legisladores elegidos por el Estado a la Asamblea Nacional, del Consejo Legislativo, de los concejales y de las comunidades organizadas, incluyendo las indígenas donde las hubiere (Art. 166).

Bandera Escudo Estado Capital Población Área Región Localización
Amazonas Puerto Ayacucho 70,464 180,144 km² Guayana
Anzoátegui Barcelona 1,222,225 43,300 km² Oriental
Apure San Fernando de Apure 377,756 76,500 km² Llanos
Aragua Maracay 1,449,616 7,014 km² Central
Barinas Barinas 624,508 35,200 km² Llanos
Bolívar Ciudad Bolívar 1,214,846 238,000 km² Guayana
Carabobo Valencia 1,932,168 4,650 km² Central
Cojedes San Carlos 253,105 14,800 km² Centro-Occidental
Delta Amacuro Tucupita 97,987 40,200 km² Oriental
Falcón Coro 763,180 24,800 km² Centro-Occidental
Guárico San Juan De Los Morros 627,086 64,986 km² Llanos
Lara Barquisimeto 1,556,415 19,800 km² Centro-Occidental
Mérida Mérida 715,268 11,300 km² Occidental
Miranda Los Teques 2,330,872 7,950 km² Central
Monagas Maturín 712,626 28,930 km² Oriental
Nueva Esparta La Asunción 712,626 1,150 km² Insular
Portuguesa Guanare 725,740 15,200 km² Centro-Occidental
Sucre Cumaná 786,483 11,800 km² Oriental
Táchira San Cristóbal 992,669 11,100 km² Occidental
Trujillo Trujillo 608,563 7,400 km² Occidental
Yaracuy San Felipe 499,049 7,100 km² Centro-Occidental
Vargas La Güaira 298,109 1,496 km² Central
Zulia Maracaibo 2,983,679 63,100 km² Occidental

Cronología de la evolución constitucional de los estados

Provincias/Estados Constitución/Ley Jefe de Gobierno Cambios
7 Constitución de 1811 Juan Toro
Presidente del Congreso
Margarita, Mérida, Cumaná, Barinas, Barcelona, Trujillo y Caracas.
10 Constitución de 1819 Juan Germán Roscio
Presidente del Congreso
Barcelona, Barinas, Caracas, Coro, Cumaná, Guayana, Maracaibo, Margarita, Mérida, y Trujillo.
11 Constitución de 1830 José Antonio Páez Entran Carabobo y Apure. Sale Trujillo.
21 Ley de 1856 José Tadeo Monagas Entran Amazonas, Aragua, Barquisimeto, Cojedes, Guárico, Maturín, Portuguesa, Táchira, Trujillo, Yaracuy.
20 Constitución de 1864 Juan Crisóstomo Falcón Sale el estado Amazonas. Provincias pasan a ser estados.
22 Constitución de 1874 Antonio Guzmán Blanco Salen Barinas, Caracas, Coro, Maracaibo, Margarita, Mérida. Entran Aragua, Bolívar, Falcón,
Guzmán, Guzmán Blanco, Nueva Esparta, Zamora y Zulia. Amazonas y la Goagira son territorios.
9 Constitución de 1881 Antonio Guzmán Blanco Oriente, Guzmán Blanco, Carabobo, Sur de Occidente, Norte de Occidente, Andes, Bolívar, Zulia y Falcón.
9 Constitución de 1891 Raymundo Andueza Palacios Oriente ahora Bérmudez; Guzmán Blanco, Mirand; Sur de Occidente, Zamora; Norte de Occidente, Lara.
9 Constitución de 1893 Joaquín Crespo Se insta a revertir cambios de 1881. Zona Insular ahora Territorio Colón. Territorios de vuelta a estados.
20 Constitución de 1901 Cipriano Castro Similar a configuración contemporánea. Cumaná ahora Sucre.
13 Constitución de 1904 Cipriano Castro Salen 8 estados. Entran Bermúdez, territorio Cristóbal Colón. Margarita pasa al DF.
20 Constitución de 1909 Juan Vicente Gómez Regreso a división de 1864 pero cambian algunos nombres.
20 Constitución de 1953 Marcos Pérez Jiménez Zamora pasa a llamarse Barinas
21 Ley Especial de 1991 Carlos Andrés Pérez Territorio Federal Delta Amacuro es elevado a Estado.
22 Ley Especial de 1992 Carlos Andrés Pérez Territorio Federal Amazonas es elevado a Estado.
23 Ley Especial de 1998 Rafael Caldera Territorio Vergas es elevado a Estado.

Municipios

Los estados se dividen en Municipios y cada Estado determina en cuantos municipios se organiza. Cada municipio tiene un alcalde, un gabinete de directores, un contralor, un procurador, polícia y un Concejo Municipal que emite ordenanzas, mediante ley los municipios se pueden asociar en distritos metropolitanos. Su gobierno y administración está a cargo de un Alcalde y el Consejo del Municipio (Concejales). La fiscalización la efectúa la Contraloría Municipal. Además cuentan con un Consejo Local de Planificación Pública, presidido por el Alcalde o Alcaldesa e integrado por los concejales o concejalas, los Presidentes o Presidentas de la Juntas Parroquiales y representantes de organizaciones vecinales y otras de la sociedad organizada, de conformidad con las disposiciones que establezca la ley (artículo 182).

Los Alcaldes son elegidos por periodos de 4 años, con opción a reelección inmediata por un término adicional. La elección se gana por mayoría relativa en votación universal, directa y secreta. Los requisitos son ser venezolano, mayor de 25, no pertenecer al clero, tres años de residencia en el municipio o distrito, gozar de sus derechos civiles y políticos, estar inscrito en el Registro Electoral y haber cumplido con el deber de votar. Los concejales se también se eligen por votación universal, directa y secreta por un periodo de 4 años. Estos no devengan sueldos, solo perciben dietas por asistencia a las sesiones de la Cámara y de las Comisiones.

Parroquias y mancomunidades

Según el articulo 173 de la Constitución, las Parroquias son demarcaciones de carácter local, dentro del territorio de un Municipio, creadas con el objeto de descentralizar la administración municipal, promover la participación ciudadana y la mejor prestación de los servicios públicos locales. Los Municipios podrán crearlas conforme a sus necesidades y determinan los recursos de que dispondrán, concatenados a las funciones que se les asignen, e incluso su participación en los ingresos propios del Municipio.

Las Mancomunidades son entidades formadas mediante acuerdo celebrado entre dos o más Municipios o Distritos, o entre éstos y uno o más Municipios, para la prestación de determinados servicios Municipales. (Art. 170).

Véase también

Notas y referencias

  1. Historia general de España y América: evolución de los reinos indianos Demetrio Ramos Pérez. p. 233. Ediciones Rialp, 1984. ISBN 8432121045
  2. Guzmán Blanco y su tiempo, por Hortensio. José Güell y Mercader, pp. 338-343. Imprenta "La Opinión Nacional", Caracas. 1883.