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Constitución del Estado Zulia

De La Venciclopedia

La Constitución del Estado Zulia es la carta fundamental vigente del estado Zulia. Fue promulgada a raíz de la aprobación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela impulsada por Hugo Chávez y adoptada en diciembre de 1999, por votación del pueblo en referendum constituyente.

La Constitución estadal fue sancionada por el Consejo Legislativo del estado Zulia el 5 de agosto de 2003 y promulgada por el gobernador del estado Manuel Rosales el 13 de agosto de 2003. Fue publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 772 del estado Zulia. Se compone de un preámbulo, 9 Títulos, 119 artículos, 2 disposiciones transitorias y una disposición final.

Características

La Constitución del estado Zulia fue aprobada conforme a los lineamientos sobre el poder público estadal establecidos en el capítulo III (artículos 159-167) del Título IV la Constitución de la República. En líneas generales sus características son las siguientes:

  • Establece al estado Zulia como una entidad político-territorial de la República Bolivariana de Venezuela.
  • Se ratifica al Zulia como un estado federal democrático social de derecho y justicia.
  • Desarrolla el principio de autonomía del Zulia.
  • La división política se divide en municipios y reafirma la autonomía municipal.
  • Establece que el poder público estadal esta compuesto por poderes independientes entre si: Legislativo y Ejecutivo.
  • Ratifica los referendos revocatorios para todos los cargos de elección popular estadal a mitad de su periodo constitucional.
  • Desarrolla la organización y funcionamiento del legislativo estadal, la contraloría estadal y la procuraduría del estado.
  • Prevé las funciones del y la forma de elección del gobernador y sus atribuciones, faltas absolutas y temporales.
  • Establece todo lo relativo a la hacienda pública estadal.

Preámbulo

En nombre del pueblo zuliano, para el que invoca la protección de Dios Todopoderoso; inspirado en los grandes valores históricos y morales de la zulianidad; en la vida heroica y ejemplar del General en Jefe RAFAEL URDANETA, "EL BRILLANTE", el más sereno, leal y constante de los oficiales del Ejército Libertador, comandado por SIMÓN BOLÍVAR, Padre de la Patria y del proyecto de "Nación de Repúblicas" que somos para nuestra América; en los grandes creadores y pensadores de nuestras letras, artes y ciencias; en el carácter multiétnico y pluricultural de nuestro estado-región, donde hunde sus raíces la mayoría de la población indígena de Venezuela; en la exhuberancia de nuestros recursos naturales; en la belleza de nuestro Lago, de nuestros ríos y de nuestra Sierra de Perijá, cuya defensa, protección y recuperación ecológicas constituye un reto histórico para todos los zulianos; en el excepcional amor al terruño y en el indoblegable espíritu federalista de nuestro pueblo, que en nada disminuye o empaña su amor por la patria venezolana; con el propósito de organizar los Poderes Públicos del Estado Zulia y de participar activamente en la tarea de refundación de la República para establecer una sociedad democrática, representativa, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un estado de justicia federal y descentralizado, previa consulta con diversos sectores e instituciones del Estado, y de conformidad con la facultad que le confiere la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, decreta la siguiente:
Constitución del Estado Zulia

2003

Véase también