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Ayuda:Dominio público

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Por dominio público se entiende al conjunto de bienes y derechos de titularidad pública no poseídos de forma privativa. Ejemplos de dominio público son el espacio radioeléctrico, las aguas terrestres y las aguas continentales. Otros ordenamientos jurídicos consideran que el dominio público está formado por aquellos bienes cuyo titular es una comunidad.

A veces parece que por dominio público se entiende aquello que carece de dueño. Esta acepción no es acertada: lo que no tiene dueño se denomina Res nullius, que puede ser apropiado por cualquiera, pero nunca dominio público.

No obstante, el sentido que se le da a dominio público en la Licencia de Documentación Libre GNU es el de algo que cualquiera puede utilizar, sin que pueda convertirse en dueño del mismo, ya que la propiedad corresponde a toda la humanidad.

Las obras protegidas por derechos de autor pasan al dominio público pasados 50 años desde la muerte de su autor, en concordancia con el Convenio de Berna, aunque dicho convenio reconoce el derecho a los países signatarios a ampliar el plazo de la protección. En España, el derecho sobre la propiedad intelectual se ejerce hasta 70 años años después del fallecimiento del autor, salvo en el caso de obras anteriores a 1987, que es de 80 años. En algunos países, el autor puede ceder al dominio público una obra.

Dominio público en estos casos se suele abreviar como PD (del inglés: public domain).

Véase también

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