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Academia de Ciencias Polí­ticas y Sociales

De La Venciclopedia

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La Academia de Ciencias Políticas y Sociales de Venezuela fue creada 16 de junio de 1915, y consta de 35 Individuos de Número. La elección de los Individuos de la Academia se hace entre abogados o doctores de Ciencias Políticas o sabios venezolanos que reúnan condiciones específicas mencionadas en la Ley sobre academia de ciencias políticas y sociales. La Academia tiene un Presidente, dos Vicepresidentes, un Secretario, un Tesorero y un Bibliotecario, nombrados por ella de su propio seno y que duran un año en sus funciones.

Historia

Los abogados de Caracas carecieron por espacio de largas décadas de un centro que los aglutinase en el sentido de fomentar la solidaridad gremial.

Después de cruzar ideas acerca de la orfandad en que vivían como núcleo de profesores de derecho, un grupo de ellos resolvió fundar lo que se llamó "Academia de Jurisprudencia".

Puestos de acuerdo en cuanto a los lineamientos generales de la nueva Corporación, procedieron a nombrar la correspondiente Junta Directiva y se obtuvo el siguiente resultado: Presidente: Lic. Francisco Aranda Vicepresidente: Dr. Manuel López de Umérez Secretario: Dr. Elías Acosta

Instalada con la mayor solemnidad, la Academia de Jurisprudencia, se entregó en 1841 al desarrollo de su progresista labor, ceñida a las pautas fijadas en los Estatutos; el objeto de la Academia era el de dilucidar materias y cuestiones de derecho para instrucción de sus miembros; contribuir al progreso de la Jurisprudencia en el país y procurar el mayor lustre de la abogacia.

La vida de la Academia no fue larga, la aquejaron males como la falta de dinero y la ausencia de apoyo gubernamental. Su paso por la vida ha quedado sólo como un recuerdo en la larga historia del viejo Convento de San Francisco y, a la vez, como precioso antecedente de la actual Academia de Ciencias Políticas y Sociales.

En la inauguración del Paraninfo del Palacio de las Academias en 1876, se desplegó toda la ostentación y la magnificencia que sabía imprimirse a los actos del gobierno de Antonio Guzmán Blanco, la ceremonia se inició con la bendición del salón por el Ilustrísimo señor Arzobispo, Dr. José Antonio Ponte, después de una pieza musical, tuvo lugar la colocación del retrato del Presidente al lado de los del libertador, de Inocencio XIII y de Felipe V, el orador de Orden fue el Dr. Eduardo Calcaño quien dio un discurso en el cual abundaron los elogios para el General Presidente.

Cuando el Dr. Calcaño concluyó, el Rector, Dr. Pedro Medina y el Arzobispo Ponte, le pidieron a Guzmán Blanco que aprovechara aquella oportunidad para optar al título de Doctor en Jurísprudencia; ante aquella petición al "Regenerador" -como le decían- no le quedó más recurso que aceptar y de esa manera le fue otorgada la borla doctoral.

La ceremonia culminó cuando Guzmán Blanco subió a la dorada tribuna, la cual ostenta la estampa de Santo Tomás de Aquino, y una vez allí dio un corto e improvisado discurso, agradeciendo el nuevo título.

Academia de Ciencias Políticas y Sociales

La Academia de Ciencias Políticas y Sociales fue creada por Ley el 16 de junio de 1915, consta de 35 Individuos de Número. La elección de los Individuos de la Academia se hará entre abogados o doctores de Ciencias Políticas o sabios venezolanos que reúnan condiciones específicas mencionadas en la Ley. La Academia tendrá un Presidente, dos Vicepresidentes, un Secretario, un Tesorero y un Bibliotecario, nombrados por ella de su propio seno y que durarán un año en sus funciones.

Objetivos de la Organización


Propender al desarrollo y progreso de las Ciencias Políticas y Sociales en general.


Cooperar al progreso y mejora de la legislación venezolana, por medio de conferencias dadas en el seno del Cuerpo, también por medio de estudios sobre puntos determinados que se publicarán en el órgano oficial de la Corporación o promoviendo certámenes de acuerdo con sus Estatutos.


Redactar y revisar los Proyectos de Códigos y demás leyes de carácter general que el Ejecutivo Federal crea conveniente someter a su estudio, con el fin de presentarlos oportunamente a las Cámaras Legislativas.


Redactar y revisar los Proyectos de Leyes de carácter local que el Ejecutivo de algún Estado creyere conveniente someter a su estudio, con el fin de presentarlos oportunamente a su Legislatura.


Cumplir cualquier otro encargo relativo a Leyes o a disposiciones reglamentarias que le confíe el Ejecutivo Federal o el de algún Estado de la República.


Informar igualmente sobre cualesquiera otras materias que someta a su estudio el Ejecutivo Federal.


Recomendar al Ministro de Instrucción Pública las mejores obras de texto para la enseñanza en la República de las Ciencias Políticas y Sociales.


Establecer relaciones con todas las Academias y Cuerpos de igual índole del mundo.


Ocuparse en todo lo demás que sea propio de la naturaleza y carácter de la Corporación.